Se acerca el final de la etapa 3 del blanqueo: hasta cuándo está vigente

Más de 278.000 contribuyentes ya ingresaron al régimen y declararon 267.076 cuentas, 16.290 de ellas en el exterior.

  • Depósitos en dólares: desde el pico, se fue casi el 24% de lo que ingresó al blanqueo

  • Impacto del nuevo esquema cambiario en la economía: prevén menos crecimiento por altas tasas y retracción del consumo

Según informó ARCA, en las etapas anteriores se exteriorizaron aproximadamente u$s32.000 millones.

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) recordó este miércoles que la Etapa 3 del Régimen de Regularización de Activos, establecido por la Ley N.º 27.743, finalizará el 7 de mayo. Más de 278.000 contribuyentes ya ingresaron al régimen y declararon 267.076 cuentas, 16.290 de ellas en el exterior.

Uno de los aspectos más destacados del régimen es su estructura de costos. En todas sus etapas, no tiene costo para los contribuyentes cuando los bienes declarados no superen los u$s100.000. Sin embargo, en la segunda etapa, que finalizó el pasado 7 de marzo, se aplicó una alícuota del 10% sobre el excedente de esa cifra.

Según informó ARCA, en las etapas anteriores se exteriorizaron aproximadamente u$s32.000 millones, de los cuales cerca de u$s10.000 millones corresponden a bienes registrables como inmuebles y vehículos.

Hasta cuándo está vigente el blanqueo y cómo adherirse

La primera etapa del blanqueo de capitales, que comenzó en septiembre de 2024 y concluyó el 8 de noviembre, fue la más exitosa.

Actualmente, nos encontramos en la tercera etapa del Régimen de Regularización de Activos, que estará vigente hasta el 7 de mayo de 2025 para la adhesión de los contribuyentes, y hasta el 6 de junio de 2025 para la presentación de la Declaración Jurada.

Para adherir al régimen, los contribuyentes deben completar los siguientes pasos:

  • Manifestación de adhesión: Este proceso puede realizarse desde el 18 de julio de 2024 hasta el 7 de mayo de 2025 a través del portal correspondiente, utilizando el formulario F. 3320. Los contribuyentes que solo hayan depositado fondos en cuentas especiales (CERA o CCERA) y no hayan realizado la adhesión en la etapa 1, tienen un plazo especial hasta el 6 de diciembre de 2024 para completarla.

  • Pago adelantado obligatorio: El contribuyente deberá realizar un pago adelantado dentro de los plazos establecidos. Si no se cumple con este pago, la adhesión al régimen será anulada automáticamente y el contribuyente perderá los beneficios del blanqueo.

El régimen ofrece tres beneficios clave:

  • Liberación de ajustes por incremento patrimonial no justificado: Los bienes regularizados no estarán sujetos a ajustes retroactivos por ingresos no declarados.

  • Liberación de sanciones civiles y penales: Los contribuyentes estarán exentos de sanciones por delitos tributarios, cambiarios, aduaneros y administrativos relacionados con los bienes exteriorizados, así como las rentas generadas por estos.

  • «Tapón fiscal»: Exoneración de impuestos omitidos relacionados con los bienes exteriorizados y las obligaciones accesorias, incluyendo a los socios de empresas, quienes se beneficiarán de la liberación de gravámenes fiscales sobre sus bienes.

La tercera etapa del régimen se extenderá hasta el 7 de mayo de 2025 para ingresar, y los contribuyentes tendrán tiempo hasta el 6 de junio de 2025 para presentar la Declaración Jurada y realizar el pago correspondiente.

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